
Juicio abreviado para el colectivero que mató a Graciela Rosario Reina mientras manejaba con el celular
Ezequiel Fabián Figueroa Rodríguez, chofer de la Línea 126 de la Red Tulum, aceptó su responsabilidad por el atropellamiento fatal de Graciela Reina y acordó una pena de dos años y medio de prisión en suspenso. La familia y la querella rechazaron el acuerdo y pidieron juzgarlo por homicidio con dolo eventual. El juez resolverá este miércoles.
Este martes se realizó en Tribunales de San Juan la audiencia de juicio abreviado contra Ezequiel Fabián Figueroa Rodríguez, de 28 años, el chofer de colectivo acusado de atropellar y matar a Graciela Rosario Reina, de 64 años, el pasado 7 de abril en la intersección de Avenida Libertador y calle Jujuy, en Capital. El conductor giró hacia el oeste y embistió desde atrás a la mujer mientras esta cruzaba la avenida. Reina sufrió graves lesiones y falleció dos días después en el Hospital Rawson.
Durante la audiencia, testigos declararon que Figueroa Rodríguez circulaba a alta velocidad y con el teléfono en la mano. El propio imputado reconoció que no vio a la mujer porque iba mirando el celular. A ello se sumó que arrojó resultado positivo en un test de drogas para cocaína, aunque no pudo determinarse si estaba bajo sus efectos al momento del siniestro.
El fiscal Nicolás Schiattino y la defensa, encabezada por Franco José Montes, acordaron un juicio abreviado con pena de dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional y seis años de inhabilitación especial para conducir cualquier vehículo a motor. La calificación aplicada fue homicidio culposo.
Sin embargo, la querella —representada por la abogada María Sofía Valenzuela— rechazó el acuerdo y solicitó que el caso sea llevado a juicio oral bajo la figura de homicidio simple con dolo eventual, señalando que el acusado contaba además con un antecedente por haber atropellado a un adolescente de 15 años en 2024. El fiscal sostuvo que no existe sustento legal para esa calificación y remarcó que manejar con el celular, si bien es una conducta imprudente, no está contemplado como agravante específico en el artículo 84 bis del Código Penal.
El juez de garantías Javier Figuerola pasó la causa a cuarto intermedio y fijó para este miércoles 29 de abril, a las 13 horas, la audiencia en la que decidirá si homologa o rechaza el acuerdo y, en consecuencia, si dicta sentencia contra el chofer.